EL CONVENIO C190 SOBRE VIOLENCIA Y ACOSO EN EL TRABAJO


 


 

La Centra Unitaria de los Trabajadores de Colombia (CUT) ha emprendido una campaña por la ratificación del Convenio C190 de 2019 referido a la violencia y el acoso en el trabajo. El gobierno del expresidente Duque se negó a ratificar dicho instrumento y dar aplicación al mismo, por lo que el gobierno del cambio tiene la obligación de implementarlo y con ello salvaguardar los derechos de los trabajadores, en especial de las mujeres, habida cuenta de los enormes niveles de violencia y acoso en el lugar de trabajo. A continuación conozca los alcances de dicho Convenio.


Columna de opinión del Departamento de Derechos Humanos de la CUT Santander

10 de octubre de 2022

    Paola es secretaria administrativa en una empresa donde su jefe inmediato hace constantes referencias a su aspecto físico, la invita a salir y le promete bonificaciones salariales a cambio de ser más que amigos, esto pasa casi todas las semanas, a pesar de que desde el principio ella dijo claramente  “No”. 

    Luisa inició una capacitación laboral, pero ha estado intranquila porque el instructor le ha hecho insinuaciones y ante su rechazo se ha sentido perseguida por dicha persona.

    María se presentó a una entrevista de trabajo, pero se siente mal porque el encargado del proceso la rechazó debido a que ella rechazó su ayuda a cambio de favores sexuales. 

    Luis entabló una queja contra su jefe inmediato por maltrato verbal, pero la situación empeoró y siente que esta persona lo tiene acosado al punto que vigila su vida personal. 

    Andrea recibe constantes mensajes de whatsapp de su jefe inmediato con memes, poemas y páginas de internet de tendencia erótica o amorosa, ella nunca le responde, pero él no para de enviarle dichos contenidos. 

    Sandra es trabajadora doméstica y uno de los jóvenes de la casa ha tocado su cuerpo sin sun consentimiento, bajo la amenaza de que si dice algo la hace echar del trabajo.


    Todas estas personas son víctimas de violencia y acoso en el lugar de trabajo, como muchas otras en el mundo a quienes sus empleadores y compañeros de trabajo les violentan sus derechos humanos. Estas prácticas han sido estudiadas por las ciencias de la salud y las ciencias sociales, encontrándose efectos graves en la salud física y mental de las personas, sus familias y entornos laborales. Frecuentemente dichos actos pasan inadvertidos y quedan en la impunidad, lo que profundiza los daños causados y normaliza su ocurrencia, para desgracia de la sociedad.


    Por todo ello, la OIT aprobó en 2019 el Convenio C190 que define la violencia y el acoso de manera general como:

(…) un conjunto de comportamientos y prácticas inaceptables, o de amenazas de tales comportamientos y prácticas, ya sea que se manifiesten una sola vez o de manera repetida, que tengan por objeto, que causen o sean susceptibles de causar, un daño físico, psicológico, sexual o económico, e incluye la violencia y el acoso por razón de género.


    El Convenio C190 remarca la importancia de prestar atención a la violencia y acoso por género en el mundo laboral por ser una de las problemáticas que más afectan las relaciones laborales:

(…) «violencia y acoso por razón de género» designa la violencia y el acoso que van dirigidos contra las personas por razón de su sexo o género, o que afectan de manera desproporcionada a personas de un sexo o género determinado, e incluye el acoso sexual.


    El Convenio C190 aplica para todas aquellas personas que desempeñan su trabajo bajo la forma de asalariados, pero también reconoce a quienes laboran sin contrato, las que están en formación, pasantes, aprendices, quienes han sido despedidas, las que realizan voluntariados, aquellas que buscan empleo y quienes ejercen la responsabilidad de empleador. Es decir que cualquier persona tiene derecho a vivir sin violencia y acoso en el entorno en que desarrolla su profesión, oficio o actividad económica independientemente del vínculo jurídico que le corresponda.


    Así mismo, las personas que ejercen un trabajo deben estar libres de violencia y acoso en su puesto físico de trabajo, pero también en aquellos espacios donde se realice actividades relacionadas con su trabajo, como el espacio público, los viajes de trabajo, eventos, actividades sociales, los lugares de descanso, los medios de comunicación, internet y los trayectos entre su lugar de residencia y el trabajo.


    El gobierno del expresidente Duque se negó a ratificar este convenio sin que hasta la fecha se tenga razón clara acerca de dicha negativa, pues se trata de un instrumento de protección de los derechos humanos en contextos laborales. Es necesario que el gobierno del cambio priorice la ratificación e implementación del Convenio C190 debido a la grave situación de acoso y violencia que recae sobre los trabajdores colombianos a manos de sus patrones y especialmente sobre las mujeres, víctimas de múltiples formas de victimización. Para que no sigan existiendo más violaciones a los Derechos Humanos en entornos laborales debido a esta problemática y las personas trabajadoras no sufran más los daños físicos, mentales y sociales que ella acarrea, es necesario poner en marcha medidas acordadas por el Convenio C190 como:

a) prohibir legalmente la violencia y el acoso;
b) velar por que las políticas pertinentes aborden la violencia y el acoso;
c) adoptar una estrategia integral a fin de aplicar medidas para prevenir y combatir la violencia y el acoso;
d) establecer mecanismos de control de la aplicación y de seguimiento o fortalecer los mecanismos existentes;
e) velar por que las víctimas tengan acceso a vías de recurso y reparación y a medidas de apoyo;
f) prever sanciones;
g) desarrollar herramientas, orientaciones y actividades de educación y de formación, y actividades de sensibilización, en forma accesible, según proceda, y
h) garantizar que existan medios de inspección e investigación efectivos de los casos de violencia y acoso, incluyendo a través de la inspección del trabajo o de otros organismos competentes. 

 

*Foto: ENS

Close Menu